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Portada del sitio / Noticias / Una nueva categoría en el Estado provincial: Cargo diferente definitivo

Santa Fe, 19 de agosto de 2011. El objetivo de la norma es generar la posibilidad de carrera administrativa a los reemplazantes. El proyecto fue avalado por Upcn y ATE que se movilizaron hacia la Legislatura. Comprendería a unos cuatro mil agentes entre estatales, docentes y profesionales de la salud.

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Cámara de diputados santafesina

Por unanimidad de los 40 presentes y estrenado el sistema de votación electrónica, la Cámara de Diputados dio media sanción y giró en revisión al Senado al proyecto de creación de la categoría de “cargo diferente definitivo”. En dicha categoría se cobijará el personal que se encuentra afectado a tareas definitivas otorgadas por un órgano competente y encuadradas en un régimen estatutario. La medida alcanzará a los agentes comprendidos en el Estatuto General del Personal de la Administración Pública por ley N° 8525; los docentes y los profesionales universitarios de la salud, reglados por la ley N° 9282.

La Cámara de Diputados volvió a sesionar después de dos jueves consecutivos en que no logró quórum debido a las diferencias entre el Frente Progresista y el justicialismo sobre la creación de cargos para el nuevo sistema penal. Tras el paso del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Héctor Superti, la Cámara resolvió mandar el tema a comisiones a la espera de respuestas a interrogantes planteados al funcionario. Sin ese tema, la Cámara realizó una extensa sesión donde votó por unanimidad dos decenas de proyectos de ley y otro tanto de comunicaciones. Además sancionó tres leyes: de celiaquía; autorizando a municipios y comunas a utilizar hasta el 50% del fondo de obras menores para gastos corrientes y declarando a Ambrosetti como sede permanente de la Fiesta Provincial del Canelón.

Algunos alcances

En cuanto al tema del "cargo diferente definitivo", el texto autoriza al Ejecutivo a su creación, designar en ellos al personal afectado a tareas definitivas, siempre que dichos cargos sean susceptibles de suplencias o reemplazos. En cuanto a la extinción será al momento de concluir la relación laboral de quien lo ostenta con su correspondiente carga presupuestaria.

Se determina que el personal hoy suplente o reemplazante en cargos a cuyos titulares se les concede un cargo diferente, deberá cumplir los requisitos previstos para el ingreso a la administración pública o a la docencia; su nombramiento será provisional durante los primeros 12 meses para luego adquirir estabilidad. Con características muy parecidas un capítulo del proyecto se refiere a los docentes.

Una disposición transitoria autoriza al Poder Ejecutivo a realizar nuevas juntas médicas al personal con tareas diferentes a los fines de ratificar o rectificar esa situación.

Fuente: El Litoral

Periodista: Por Mario Cáffaro

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